1.
La provisión de plazas del personal estatutario se regirá por los siguientes principios básicos:
2.
La participación, a través de la negociación en las correspondientes mesas, de las organizaciones sindicales especialmente en la determinación de las condiciones y procedimientos de selección, promoción interna y movilidad, del número de las plazas convocadas y de la periodicidad de las convocatorias:
3.
Qué tienen en común la Movilidad del personal en el conjunto del Sistema Nacional de Salud y la Coordinación, cooperación y mutua información entre las Administraciones sanitarias públicas?
4.
La provisión de plazas del personal estatutario se realizará:
5.
¿Dónde se determinarán los puestos que puedan ser provistos mediante libre designación?
6.
¿Dónde se establecerán los supuestos y procedimientos para la provisión de plazas que estén motivados o se deriven de reordenaciones funcionales, organizativas o asistenciales?
7.
La selección del personal estatutario fijo se efectuará, con carácter periódico, en el ámbito que en cada servicio de salud se determine, a través de convocatoria pública y mediante procedimientos que garanticen:
8.
Las convocatorias se anunciarán:
9.
Los procedimientos de selección, sus contenidos y pruebas se adecuarán a las funciones a desarrollar en las correspondientes plazas incluyendo, en su caso,:
10.
Las convocatorias y sus bases vinculan:
11.
Las convocatorias deberán identificar las plazas convocadas indicando, al menos,:
12.
El contenido de las pruebas de selección, los baremos y programas aplicables a las mismas y el sistema de calificación:
13.
¿Cuántos requisitos es necesario reunir para poder participar en los procesos de selección de personal estatutario fijo?
14.
Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros tratados ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal:
15.
Para poder participar en los procesos de selección de personal estatutario fijo será necesario reunir, entre otros, los siguientes requisitos:
16.
En las convocatorias para la selección de personal estatutario se reservará un cupo no inferior al cinco por ciento, o al porcentaje que se encuentre vigente con carácter general para la función pública, de las plazas convocadas para ser cubiertas entre personas:
17.
La selección del personal estatutario fijo se efectuará con carácter general a través del sistema de:
18.
La selección podrá realizarse a través del sistema de oposición:
19.
Los nombramientos como personal estatutario fijo serán expedidos a favor de los aspirantes que obtengan:
20.
Los nombramientos serán publicados en la forma que se determine en cada:
21.
El personal estatutario temporal podrá estar sujeto a:
22.
El personal estatutario fijo podrá acceder, mediante promoción interna y dentro de su servicio de salud de destino,:
23.
Con el fin de garantizar la movilidad en términos de igualdad efectiva del personal estatutario en el conjunto del Sistema Nacional de Salud, el Ministerio de Sanidad y Consumo, con el informe de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, procederá, con carácter previo, a la homologación de las distintas clases o categorías funcionales de personal estatutario,:
24.
Por necesidades del servicio, y cuando una plaza o puesto de trabajo se encuentre vacante o temporalmente desatendido,:
25.
El personal estatutario podrá ser destinado en comisión de servicios, con carácter temporal, al desempeño de funciones especiales:
26.
Las comunidades autónomas, establecerán mecanismos de carrera profesional de forma tal que:
27.
La carrera profesional supondrá el derecho de los profesionales a progresar, de forma individualizada, como reconocimiento a su desarrollo profesional en cuanto a:
28.
El sistema retributivo del personal estatutario se estructura en:
29.
Las retribuciones complementarias se orientan prioritariamente a la motivación del personal, a la incentivación de la actividad y la calidad del servicio, a la dedicación:
30.
El personal estatutario: